ASESORAMIENTO
Los productores nacionales que se sientan afectados por importaciones efectuadas en condiciones de competencia desleal pueden ponerse en contacto con la DIRECCIÓN DE COMPETENCIA DESLEAL (DCD) de la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (SSPyGC) o con la Comisión Nacional de Comercio Exterior. (CNCE), las que brindan asesoramiento respecto de presentaciones por prácticas desleales y salvaguardias.
La dirección y teléfonos para comunicarse son:
Dirección de Competencia Desleal, Diag. Julio A. Roca 651, piso 6to., (C1067ABN) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (011) 4349-3949/3948
Comisión Nacional de comercio Exterior, Avda. Paseo Colón 275, piso 7mo., (C1063ACC) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (011) 4348-1738/1720/1710/1784.
Los técnicos de ambos organismos, en reunión de asesoramiento en forma conjunta:
- Explicarán los requisitos necesarios para llevar adelante la investigación, la información requerida al efecto y el desarrollo del procedimiento.
- Colaborarán en la búsqueda de información necesaria y ayudarán a la empresa a completar el formulario correspondiente.
- Facilitarán el acceso de las empresas a los datos del mercado interno del país de origen o de exportación necesarios para la determinación del valor norma
El asesoramiento:
- Deberá realizarse con carácter previo a la presentación formal de la solicitud y como requisito para que la misma sea admitida.
- En cada asesoramiento se labrará un acta donde se hará constar las observaciones de cada organismo al borrador presentado.
- Se realizarán tantos asesoramientos como sea necesario para subsanar las observaciones efectuadas por los equipos técnicos correspondientes.
- Cuando el borrador no presente observaciones, se firmará un acta en la que conste tal situación y, a partir de la misma, la peticionante podrá realizar la presentación formal de la solicitud, iniciándose el cómputo de los plazos establecidos en el Decreto Nº 1393/08, reglamentado por la Resolución SICyPyME N° 293/2008.
- La propia empresa puede llevar adelante el procedimiento, no es requisito contar con un patrocinio letrado.
- La asistencia y colaboración perdurará durante toda la investigación.
Las peticiones para el inicio de una investigación deben ser realizadas por o en nombre de la industria nacional, acreditando personería jurídica, y presentando evidencias suficientes de la existencia de dumping o de subvención y de daño, así como de la relación de causalidad entre ambos.
La presentación también puede ser efectuada por Cámaras, Federaciones y/o Asociaciones acompañando la correspondiente documentación respaldatoria.
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